Guía
Reforma de pensiones: cómo funciona la cotización de 3,5% de cargo del empleador
Desde las remuneraciones de agosto de 2026, el empleador cotiza 3,5% sobre el sueldo imponible de cada trabajador. Te explicamos a dónde va cada parte, con ejemplos, y por qué conviene revisar las liquidaciones.
La Reforma de Pensiones (Ley N°21.735) creó una cotización previsional que paga el empleador, adicional a los descuentos que ya se hacen al trabajador. Esta cotización sube de forma gradual cada agosto, y desde las remuneraciones de agosto de 2026 alcanzó el 3,5% de la remuneración imponible.
Las remuneraciones de septiembre son el segundo mes con esta tasa, por lo que es un buen momento para revisar que las liquidaciones de sueldo y las declaraciones en Previred se estén calculando correctamente.
Lo esencial: el trabajador no paga más
Esta cotización es de cargo del empleador. No se descuenta del sueldo del trabajador, por lo que su sueldo líquido no cambia. Lo que cambia es el costo total de cada trabajador para la empresa.
Se calcula sobre la remuneración imponible: la parte del sueldo sobre la que se pagan cotizaciones (sueldo base, gratificación, horas extra y bonos, entre otros), con un tope de 90 UF.
¿A dónde va el 3,5%?
- 0,1% a la cuenta individual del trabajador en su AFP. Se suma a sus ahorros para la pensión.
- 0,9% a la Cotización con Rentabilidad Protegida (CRP). Es un aporte que queda registrado a nombre del trabajador y que el Estado usa transitoriamente para financiar beneficios del sistema, con el compromiso de devolverlo con una rentabilidad garantizada. En la práctica, funciona como un préstamo del trabajador al sistema que se le reconoce en su pensión.
- 2,5% al Seguro Social, que financia el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) y la compensación por expectativa de vida, un beneficio que busca evitar que las mujeres reciban pensiones más bajas por vivir más años.
El detalle clave: el aumento real no es de 3,5%
El Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) ya lo pagaba el empleador antes de la reforma, por separado, y en julio de 2026 su tasa era de 2%. Desde agosto, el SIS quedó incluido dentro del 3,5% y lo recauda el Instituto de Previsión Social (IPS).
Por eso, la comparación correcta es:
- Hasta julio de 2026: 1% de cotización adicional + 2% de SIS = 3% de cargo del empleador.
- Desde agosto de 2026: 3,5% que ya incluye el SIS.
El aumento real es de 0,5 puntos de la remuneración imponible.
Los siguiente
Ejemplo 1: trabajador con contrato indefinido, Fonasa y sueldo imponible de $1.000.000
Lo que se descuenta al trabajador (igual en julio y en septiembre):
- AFP Modelo (10,58%: 10% para su cuenta más la comisión de la AFP): $105.800.
- Salud Fonasa (7%): $70.000.
- Seguro de cesantía AFC (0,6%): $6.000.
- Impuesto único: $0 (a este nivel de sueldo está exento).
- Total descuentos: $181.800.
- Sueldo líquido: $818.200.
Lo que paga el empleador en julio de 2026:
- SIS (2%): $20.000.
- Cotización adicional (1%): $10.000.
- Seguro de cesantía AFC (2,4%): $24.000.
- Mutual de seguridad (0,93%, tasa básica): $9.300.
- Total aportes del empleador: $63.300.
- Costo total del trabajador: $1.063.300.
Lo que paga el empleador en septiembre de 2026:
- Cotización del empleador (3,5%, incluye SIS): $35.000. De este monto, $1.000 van a la cuenta individual, $9.000 a la Cotización con Rentabilidad Protegida y $25.000 al Seguro Social.
- Seguro de cesantía AFC (2,4%): $24.000.
- Mutual de seguridad (0,93%): $9.300.
- Total aportes del empleador: $68.300.
- Costo total del trabajador: $1.068.300.
Diferencia: el costo para la empresa sube $5.000 al mes ($60.000 al año), mientras que el trabajador recibe exactamente el mismo sueldo líquido.
Ejemplo 2: trabajador con contrato a plazo fijo, Isapre y sueldo imponible de $1.800.000
Lo que se descuenta al trabajador (igual en julio y en septiembre):
- AFP Habitat (11,27%): $202.860.
- Isapre, plan de 4,5 UF: aprox. $184.000. El trabajador paga el plan completo: el 7% obligatorio ($126.000) más la diferencia que pactó con la Isapre.
- Seguro de cesantía AFC: $0 (en contratos a plazo fijo lo paga solo el empleador).
- Impuesto único: aprox. $20.200.
- Total descuentos: aprox. $407.060.
- Sueldo líquido: aprox. $1.392.940.
Lo que paga el empleador en julio de 2026:
- SIS (2%): $36.000.
- Cotización adicional (1%): $18.000.
- Seguro de cesantía AFC (3%): $54.000.
- Mutual de seguridad (0,93%): $16.740.
- Total aportes del empleador: $124.740.
Lo que paga el empleador en septiembre de 2026:
- Cotización del empleador (3,5%, incluye SIS): $63.000.
- Seguro de cesantía AFC (3%): $54.000.
- Mutual de seguridad (0,93%): $16.740.
- Total aportes del empleador: $133.740.
Diferencia: $9.000 más al mes ($108.000 al año) por este trabajador.
Ejemplo 3: una pyme con 10 trabajadores
Si la suma de las remuneraciones imponibles de los 10 trabajadores es de $10.000.000 al mes:
- Aumento mensual respecto de julio (0,5%): $50.000.
- Aumento anual: $600.000.
Nota sobre los ejemplos: los valores presentados son referenciales y están simplificados para facilitar la lectura. Las tasas de AFP, el valor de la UF y la UTM, el precio de los planes de Isapre y la cotización de la mutual varían según cada caso y cada mes, y los cálculos no consideran asignaciones no imponibles, licencias médicas ni otros conceptos que pueden afectar una liquidación real. Para conocer el costo exacto de tus trabajadores, es necesario revisar cada liquidación en particular.
Esto seguirá subiendo
La cotización del empleador aumenta cada agosto hasta llegar a 8,5% en agosto de 2033:
- Agosto 2025: 1%.
- Agosto 2026: 3,5%.
- Agosto 2027: 4,25%.
- Agosto 2028: 5%.
- Agosto 2029: 5,7%.
- Agosto 2030: 6,4%.
- Agosto 2031: 7,1%.
- Agosto 2032: 7,8%.
- Agosto 2033: 8,5%.
Para el trabajador del ejemplo 1, la cotización de cargo del empleador pasará de $35.000 hoy a $85.000 al mes en 2033, con el mismo sueldo imponible. Desde ahora, cada alza anual se traduce completa en mayor costo, porque el SIS ya está incluido en el porcentaje.
¿Por qué revisar las liquidaciones?
Desde agosto de 2026 la forma de declarar cambió: la Cotización con Rentabilidad Protegida y el SIS ahora se informan por separado en Previred. Algunos errores frecuentes en esta etapa son:
- Seguir aplicando la tasa anterior de 1%.
- Pagar el SIS dos veces: por separado y dentro del 3,5%.
- No separar correctamente la Cotización con Rentabilidad Protegida.
- Calcular el porcentaje sobre un monto distinto a la remuneración imponible o sin respetar el tope de 90 UF.
Un error en la declaración puede generar diferencias por cotizaciones mal pagadas, con reajustes, intereses y multas, además de afectar los registros previsionales de los trabajadores.
En Greentax nos encargamos
En Greentax Asociados revisamos tus liquidaciones de sueldo y tus declaraciones previsionales para confirmar que la nueva cotización se esté calculando y pagando correctamente, y te ayudamos a proyectar su impacto en el costo laboral de los próximos años.
Atendemos desde nuestras oficinas en Valdivia y Santiago. Si tienes trabajadores contratados, contáctanos.
Fuente:
- Superintendencia de Pensiones, cotización de cargo del empleador: https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/alt-propertyvalue-10906.html
- ChileAtiende, aportes del empleador al Sistema de Pensiones: https://chileatiende.gob.cl/fichas/130987/1/pdf
- ChileAtiende, Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: https://www.chileatiende.gob.cl/fichas/145651-seguro-de-invalidez-y-sobrevivencia-sis
- Previred, Indicadores Previsionales julio 2026: https://www.previred.com/wp-content/uploads/2026/07/Indicadores-Previsionales-Previred-Julio-2026.pdf
Greentax enfatiza en que este artículo es informativo y no reemplaza la asesoría profesional de un asesor en ningún caso.
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